El Ala Oeste de la Moncloa: La prescripción de medicamentos en España

martes, 22 de marzo de 2016

La prescripción de medicamentos en España

DESDE EL MINISTERIO DE SANIDAD SE VALORA POSITIVAMENTE EL TRABAJO DE
LOS PROFESIONALES SANITARIOS, QUE CON MUCHA PROFESIONALIDAD Y RESPETO 
CUIDAN DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN MOMENTOS DE DIFICULTAD

Han sido muchos los reproches entre las distintas organizaciones que engloban a los enfermeros y el Ministerio de Sanidad. Ha sido una guerra que no ha salido a la luz, pero sin duda alguna, se trata de un tema que afectará a todo el que desgraciadamente tenga que pisar un hospital. ¿Deberían las enfermeras poder prescribir fármacos?  Y sobre todo  ¿qué tipo de fármacos? Comencemos por el principio:


¿Quién puede prescribir en España? Solo los médicos, odontólogos y podólogos pueden prescribir un medicamento que necesita receta.


Desde la Ley del Medicamento de 2009 ya se reivindicaba por parte de enfermería regular la prescripción de algunos medicamentos que necesitan receta, y que en la práctica se estaba realizando sin su necesaria cobertura legal, es decir, se estarían cometiendo ilegalidades. Sin embargo, el Real Decreto sobre prescripción enfermera del pasado 23 de octubre, ha causado mucho revuelo al permitir sólo la prescripción de medicamentos sin receta sin recoger sus reivindicaciones.
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¿Deberían las enfermeras poder prescribir fármacos?
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La postura del ministerio se basa en 2 argumentos. El primero de ellos defiende que para poder prescribir no solo sirve la experiencia clínica. Es necesario modificar los planes de estudios del grado en enfermería para otorgar más peso a aquellas asignaturas que traten los mecanismos y efectos adversos de los fármacos. Realizar esto sería el primer paso inevitable para poder satisfacer las necesidades planteadas por los enfermeros.

Aun así, el segundo argumento tiene todavía más peso, el cuál defiende  lo siguiente: quien prescribe es quien diagnostica (es decir, el médico). Tenemos que hacer alguna aclaración al respecto, ya que diagnosticar no sólo es averiguar tras una rigurosa anamnesis y pruebas complementarias la patología que padece el paciente, si no supone también  comenzar a valorar el equilibrio entre los efectos beneficiosos y los posibles efectos adversos de los fármacos, así como modificar el tratamiento a otros grupos de medicamentos cuando se presenten complicaciones (es necesario por ello saber reconocer dichas complicaciones.)


Por lo tanto, desde el Ministerio de Sanidad se valora positivamente el trabajo necesario de los profesionales sanitarios, en este caso de los enfermeros, que con mucha profesionalidad y respeto cuidan de aquellos que se encuentran en un momento de dificultad. Sin embargo, por los argumentos esgrimidos, y siguiendo directrices europeas y de otros países de nuestro entorno, es imposible poder satisfacer aquellos requerimientos planteados, y se valorará pedir responsabilidades a los anteriores responsables del Ministerio, que con sus declaraciones, pudieran haber creado falsas expectativas en los trabajadores sanitarios.

Miguel Ángel Rojas

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